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Apoyo E/A

APOYO AL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE: 

Objetivos:

  • Colaborar con el resto de los departamentos y la C.C.P. en
    la elaboración y revisión de las programaciones de etapas para que
    éstas cumplan los requisitos establecidos en el artículo 68 de R.D. de
    26 de Enero de 1996 ( BOE nº 45 de 21 de Febrero de 1996) y según las
    directrices aprobadas por la C.C.P. del curso anterior. Haciendo
    especial hincapié en la necesaria coherencia y continuidad entre las
    programaciones de primer y segundo ciclo de la ESO.
  • Colaborar con la C.C.P. en la terminación del P.E.C.

Medidas:

  • Conseguir que los grupos del alumnado
    sean lo más heterogéneos posibles y queden repartidos en cuanto a sexo,
    rendimiento académico y conflictivos

Actuación.- reajustes necesarios de los grupos de alumnos/as.

Procedimiento para el seguimiento y la evaluación.- reuniones de tutores con el D.O. y del Psicopedagogo con Jefatura de Estudios a lo largo del curso.

  • Valoración
    de la importancia de una correcta evaluación inicial o evaluación cero
    que nos permita comprobar si los alumnos /as parten conociendo lo que
    suponíamos que deberían de saber y teníamos previsto en nuestra
    programación, con el fín de adecuarla a las peculiaridades del grupo
    concreto que tenemos en el aula

Actuación.-
Aplicación de la citada evaluación inicial, elaborada por los
departamentos, según directrices de la C.C.P. y con el asesoramiento
del D.O.

  • Consolidar la práctica de una evaluación continua, formativa e integradora.

Actuación.-
La C.C.P. marcará las directrices a los departamentos y, a través de
ellos, a lo E.E. sobre cómo llevar a cabo la evaluación de los alumnos
en el Centro ( pre-evaluación, evaluación según criterios de cada área
y post – evaluación ). Participación en todo el proceso del D.O.

  • Mayor implicación de los padres en el proceso de enseñanza aprendizaje.

Actuación.-
dar pautas a los Tutores para orientar a los padres sobre cómo pueden
colaborar con el profesorado en la educación de sus hijos, tanto en las
reuniones con el conjunto de padres del aula como en las entrevistas
individuales que mantengan. Para ello se les entregará documentación
escrita.

  • Consensuar con los
    Tutores de 3º de ESO un plan de actuación con las conductas en clase
    que impidan o dificultan gravemente el proceso de enseñanza y
    aprendizaje

Actuación.-
reunión inicial en la primera quincena de Octubre entre Jefatura de
Estudios, Tutores de 3º de ESO y Jefe de D.O. para acordarlo y
utilizarlo, convocando una reunión urgente del profesorado al posible
curso problemático, tan pronto como fuese necesario.

  • Exponer a la C.C.P. la conveniencia de ofertar una materia optativa de corte menos académico para alumnos de 3º de ESO.

 

Orientación Académico-Profesional

Objetivos:

    Asegurar que la formación profesional de base se incorpora en las Programaciones Didácticas de las distintas materias.

Actuaciones.- Proponer a la CC.P. que sea tenido
en cuenta dicho objetivo para que a través de los Jefes de Departamento
se incluyan en las programaciones de aula, tanto de ESO como de
Bachillerato, actividades de aplicación de conocimientos teóricos a la
vida práctica, especialmente en Tecnología y de adquisición de
conocimientos, habilidades, aptitudes y destrezas comunes a un número
amplio de técnicas o perfiles profesionales.

  • Dar a conocer a los alumnos de 3º de ESO, tras una visión
    general de la LOGSE, la oferta por parte del Instituto de materias
    optativas para 4º de la ESO.

Actuaciones.–  hay dos sesiones incluidas en el
Plan de Acción Tutorial, en la que los Tutores expondrán el material
aportado por el DO y los extractos de materias optativas elaborados por
los Departamentos Didácticos.

  • Informar a los alumnos de 4º de ESO y a sus padres sobre
    la responsable decisión que deben tomar tras la obtención del Graduado
    en E. Secundaria, paso inmediato al mundo laboral, (estrategias de
    búsqueda de empleo), autoempleo compaginar trabajo y estudio, ciclos
    formativos de grado medio, ciclos formativos de grado superior y
    modalidades de Bachillerato LOGSE, Enseñanzas de régimen especial,
    formación no reglada y formación permanente.

Actuaciones.- hay tres sesiones incluidas en la
P.A.T., donde se facilitará documentación escrita a los Tutores por
parte del DO. Charla coloquio con los padres de alumnos de 4º de ESO.

  • Informar a los alumnos de 1º de Bachillerato sobre las
    posibilidades ante el itinerario que tienen que tomar, a la
    finalización del curso. Visión general de la LOGSE con especial
    incidencia en ciclos formativos de grado superior y elección de
    modalidades de 2º de Bachillerato, conocimiento del entorno
    socioecnoómico local, autoempleo, etc.
  • Informar a los alumnos de 2º de Bachillerato sobre las
    distintas familias y titulaciones universitarias, así como pasarelas
    entre las mismas, vinculadas a las opciones de 2º de Bachillerato
    cursadas.
  • Ayudar a los alumnos a conocerse a sí mismos y a tomar una
    decisión responsable y autónoma tras reflexionar sobre información
    aportada en objetivos anteriores.
  • En colaboración con la APMA y el departamento de
    Actividades Extraescolares y Complementarias, se facilitarán los
    contactos y visitas del alumnado de 4º de ESO a industrias de la
    localidad.

Orientación

La estructura del Departamento de Orientación en nuestro centro la formamos:

* Profesora de la especialidad de Psicopedagogía. Jefa del Departamento.
* Profesor del ámbito científico-tecnológico.
* Profesor del ámbito socio-lingüístico.
* Profesor de apoyo al área práctica.
* Profesor de Formación y Orientación Laboral.
* Profesores de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje.
* Ayudante Técnico Educativo.
* Educadora Social.
 

¿Quien es el responsable?

    De la orientación son responsables en el centro tanto el Equipo Directivo, como los Departamentos Didácticos, la Comisión de Coordinación Pedagógica, la Junta de Profesores y más especialmente los tutores y el Departamento de Orientación. ¿Que hacemos? APOYAMOS AL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE. Apoyo en tareas generales del centro como la elaboración o modificación de proyectos curriculares, asesoramiento a los Departamentos Didácticos y propuesta e intervención en las diferentes medidas de atención a la diversidad, tanto ordinarias como extraordinarias.

La Labor Tutorial y de Orientación se realiza cada curso de acuerdo con el Plan de Acción Tutorial, de cuyo seguimiento se ocupa semanalmente la Comisión de Coordinación Tutorial, dirigida por Jefatura de Estudios y los Orientadores.

 

Todas las semanas se reúnen también los tutores de cada curso con un Orientador y el Coordinador de su Ciclo, para concretar y comentar las actividades que corresponde realizar:

  • Tutoría grupal.
  • Tutoría individual con cada alumno.
  • Orientación de estudios.
  • Atención a las familias.
  • Sesiones de evaluación con el equipo docente.

 

DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

Cód

Abr

Profesor

Jef. Dpto.

Tutoría

At. Padres

55

APSI

Irene Manzano Hernández

OR

Jueves 6ª

56

ACT

Fco. Javier Álvarez Vaquero

2ºPMAR

Miércoles 4ª

57

ASL

Irene Mirón Zamora

1ºPMAR

Lunes 4ª

58

PT1

Raquel Ollero Cid

Miércoles 3ª

59

AL

María Ortiz López

Jueves 6ª

85

Orien.

ACTíVATE

Irina García-Casillas Encinas Martes 5ª

Educ.

Social

Silvia Bravo Abujeta

     
 

Aux. Tecnico

Demetria Díaz Hernández

     

Departamentos

LISTADO DE PROFESORES DEL CENTRO POR DEPARTAMENTO 

EMAILS OFICIALES POR DEPARTAMENTOS

Cód

Abr

Profesor

Jef. Dpto.

Tutoría

At. Padres

BIOLOGÍAY GEOLOGÍA: ccnns.jalama@educarex.es

1

BG1

Mª José Rodríguez Clemente

EXTRA

Martes 3ª

2

BG2

Dori Díaz Moreno

BG

Lunes 3ª

3

BG3

Aránzazu Rubio Sánchez

1ºBC

Miércoles 2ª

4

BG4

Gema Collado Caballero

Jueves 5ª

5

BG5

Teresa Roca Gonzalo

Miércoles 4ª

6 BG6 Lidia Colilla González   1ºF

Lunes 4ª

EDUCACIÓN FÍSICA:  efis.ies.jalama@educarex.es

7

EF1

Javier Fernández Miranda

 

 

8

EF2

María José Gutiérrez Solana  EF 

9

EF3

José Manuel Carrero García

 

FILOSOFÍA: filo.ies.jalama@educarex.es

10

FIL1

Francisco Claver Grados

FIL

2ºBD

Martes 4ª

11

FIL2

Noemí Ruiz Pascual

 

1ºBA

Miércoles 3ª

12

FIL3

 Lucía Laguna Ardila    1ºBB  Viernes 4ª
 FÍSICA Y QUÍMICA: fyq.ies.jalama@educarex.es

13

FQ1

Mª José Santos Díaz

FQ

 4ºC

Jueves 4ª

14

FQ2

Antonio Mª González Santiago

   2ºD

Lunes 3ª

15

FQ3

Fco. Javier Rebosa Sánchez

   3ºC

Miércoles 4ª

 FRANCÉS: fra.ies.jalama@educarex.es

16

FRA1

Rosa Rivero Montero

FRA

 

Lunes 2ª

17

FRA2

Laura Pérez de Gracia Sánchez

 

Jueves 5ª

 GEOGRAFÍA E HISTORIA: geh.ies.jalama@educarex.es

18

GH1

Mónica Lanero Taboas

GH

   

19

GH2

Alberto Molano Martín

   

 

20

GH3

Ana Isabel Tobajas Andrés

 

 

21

GH4

Soraya Rojo Cortés

 

 

22

GH5

Mª Ángeles Marín Valle

 

 

23

GH6

Justo Javier Pérez Vicente

 

24

GH7

Jorge Repilado Hernández

 

 
INGLÉS: ing.ies.jalama@educarex.es

25

IN1

Juana Morillo Sánchez

IN

 

Lunes 4ª

26

IN2

Ana Cabezas Sánchez

   

Miércoles 4ª

27

IN3

Jairo Sánchez Correa  

Martes 4ª

28

IN4

Marta Canelo Tomé

 

4ºA

Martes 3ª

29

IN5

Blanca Méndez López

   2ºE

Martes 4ª

30

IN6

Cristina Lanzadera Claver

 

Jueves 5ª

31

IN7

Mabel García Durán

 

3ºA

Miércoles 4ª

32 IN8 Alicia Martín Elvira    

Lunes 3ª

33 IN9

Valeriana Cano Flores

   

Miércoles 4ª

 PORTUGUÉS: 

34

POR

María Teresa Sáez Briegas

   

Jueves 5ª

35

POR2

Mª Ángela da Costa Barroqueiro

     
 LATÍN: lat.ies.jalama@educarex.es

36

LAT

José Luis Sánchez Ramiro

LAT

 

Lunes 3ª

 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA: lcl.ies.jalama@educarex.es

37

LE1

Paloma Pellón Maroto

   2ºBA

Miércoles 4ª

38

LE2

Alexandra Palacín Donaire

   

Viernes 3ª

39

LE3

Pilar Chorro Sánchez

   

Martes 4ª

40

LE4

Ana Belén Puerto Moro

 

 1ºA

Lunes 3ª

41

LE5

Mª Soledad Tovar Iglesias

 LEN  

Miércoles 4ª

42

LE6

Ana Belén Valiente Martín

   

Jueves 2ª

43

LE7

Cristina González Pérez

   1ºB

Lunes 2ª

44

LE 8

Mª Argeme Rodríguez Valiente

 

Jueves 3ª

MATEMÁTICAS: mat.ies.jalama@educarex.es

45

MA1

Javier D. Moreno Moreno

   

Viernes 4ª

46

MA2

José María Brull Calbet

   

Viernes 3ª

47

MA3

Cristina Vereas Talaván

MAT

 

Viernes 4ª

48

MA4

Ángela Cadenas Vergara

 

1ºC

Lunes 4ª

49

MA5

Sheyla Parrón Morales

   1ºD

Jueves 2ª

50

MA6

Rafael Calderón Jordán

   1ºE

Lunes 4ª

51

MA7

Alba Fernández Arias

   

Viernes 3ª

52

MA8

José Antonio Moreno Rascón

   2ºA

Viernes 3ª

53

MA9

Carmen Pachero Arias

   4ºB

Martes 2ª

MÚSICA: mus.ies.jalama@educarex.es

54

MUS1

Margarita Hernández Martínez

   

Martes 4ª

55

MUS2

Lorena Batuecas Sánchez

MÚS

 

Miércoles 3ª

ORIENTACIÓN: orientacion.ies.jalama@educarex.es

56

APSI

Irene Manzano Hernández

OR

 

Miércoles 6ª

57

ACT

Fco. Javier Álvarez Vaquero

 

1ºPMAR

Martes 4ª

58

ASL

Mª Fátima Bravo Rodríguez

 

2ºPMAR

Miércoles 5ª

59

PT1

Mª José González Blanco

   

Miércoles 2ª

60 PT2 Sara Ramírez Vizcaíno    

Miércoles 3ª

61

AL1

Tamara Hernández Montero

   

Martes 2ª

62 AL2 Mª Soledad Lorenzo Mayo    

Martes 3ª

63 ACTÍVATE Viginia Martín Martín    

Martes 3ª

EDUCACIÓN PLÁSTICA Y VISUAL: epv.ies.jalama@educarex.es

64

PLA1

Ángel Luis Sánchez Guinaldo

 

Martes 5ª

65

PLA2

Casilda Pérez Hernández

PLA

 3ºB

Miércoles 2ª

RELIGIÓN: 

66

REL

Pedro M. Serrano Enrique

   

Miércoles 5ª

TECNOLOGÍA: tec.ies.jalama@educarex.es

67

TEC1

Ana Carmen Carbajo Mejías

    Martes 3ª

68

TEC2

Mª Olga Simón Blanco

TEC

 

Viernes 3ª

69 TEC3 Belén-Yolanda Martínez-Blay   2ºC

Lunes 4ª

70

TEC4

Cristina Acero Solís

 

2ºB

Jueves 5ª

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN: fp.ayg.ies.jalama@educarex.es

71

AE1

Juan José Áliva Sánchez      

72

AE2

Antonio José Corijo Benito

     

73

AE3

Julián Pérez Alonso

 ADG    

74

AE4

Carlos García Martín
     

75

AE5

María del sagrario Gil Alonso    

 

76

PGA1

María Soledad Granado Julián      

77

PGA2

Manuel Calvarro Labrador

 

 

78

PGA3

David Polo Gonzalez

     

79

PGA4

María Isabel Cordero Martín

 

 

80

PGA5

Raquel Santo Solís

   

 

SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD: sscjalama@educarex.es 

81

IS1

Cristina Sánchez Díaz

SSC

   Martes 3ª

82

IS2

Tamara Arias Vizcaíno

   1ºSSC32  Jueves 3ª

83

IS3

Ana Isabel Rodríguez Alonso

     Martes 2ª

84

SC1

Pilar Moreta González

 

2ºSSC32

 Lunes 4ª

85

SC2

Leonor Plaza Retortillo

 

1ºSSC21

 Miércoles 2ª

86

SC3

Susana Martín Sánchez

 

1ºSSC10

 Miércoles 4ª

87

SC4

Patricia Batuecas Sánchez

 

2ºSSC32

 Lunes 2ª
88 SC5 Mª Isabel Martín Díaz    

Viernes 2ª

89

PSA

Mónica Sánchez Gil

 

2ºSSC21

 Viernes 4ª
FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL: fol.ies.jalama@educarex.es

90

FOL

Fco. Javier García González

     Viernes 3ª
PROGRAMAS REMA E IMPULSA:

91

REMA

Ana María García Arias

   

92

REMA

Mª Navelonga Morín Bardillo

     

93

IMPULSA

Sonia Salvador González

     
Departamento de economia
    Maria Diaz Cascos EC    
 
 
NORMATIVA
Normativa que hace referencia a los Órganos de coordinación docente y concretamente a los Departamentos Didácticos:

Según el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria:

TÍTULO III
Órganos de coordinación docente
CAPÍTULO I
Órganos de coordinación
Artículo 40. Órganos de coordinación.

En los institutos de educación secundaria existirán los siguientes órganos de coordinación docente:

a) Departamento de orientación y departamento de actividades complementarias y extraescolares.

b) Departamentos didácticos: artes plásticas, ciencias naturales, educación física y deportiva, filosofía, física y química, francés, geografía e historia, griego, inglés, latín, lengua castellana y literatura, matemáticas, música y tecnología. Podrán constituirse además departamentos de otras lenguas extranjeras, cuando sean impartidas como primera lengua con reflejo en la plantilla del centro, así como para la enseñanza de la lengua propia de las Comunidades Autónomas, y cuantos reglamentariamente se establezcan. En los institutos en los que se imparta formación profesional específica, se constituirán departamentos de familia profesional. Estos agruparán a los profesores que impartan formación profesional específica en ciclos formativos de una misma familia profesional y que no pertenezcan a otro departamento.

El Ministerio de Educación adaptará lo dispuesto en este punto a las peculiaridades de los centros, de acuerdo con su plantilla orgánica y las enseñanzas que impartan.

c) Comisión de coordinación pedagógica.

d) Tutores y juntas de profesores de grupo

CAPÍTULO II
Departamentos de orientación y de actividades complementarias y extraescolares
Artículo 41. Composición del departamento de orientación.

El departamento de orientación estará compuesto por:

a) Profesores del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, entre los que habrá, al menos, uno de la especialidad de psicología y pedagogía, o que ostente la titularidad de una plaza de esta especialidad, al amparo del Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre, por el que se establecen especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, así como, profesores del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional y, en su caso, maestros.

b) En los institutos en los que se imparta formación profesional específica se incorporarán al departamento de orientación los profesores que tengan a su cargo la formación y orientación laboral.

c) En los institutos incluidos en el programa de integración y para programas específicos se incorporarán al departamento de orientación los profesores que determine el Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con las necesidades peculiares de cada instituto.

Artículo 42. Funciones del departamento de orientación.

Son funciones del departamento de orientación:

a) Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual.

b) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del plan de acción tutorial, y elevarlas a la comisión de coordinación pedagógica para su discusión y posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa.

c) Contribuir al desarrollo de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa, y a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.

d) Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial y elevar al consejo escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.

e) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales, y elevarla a la comisión de coordinación pedagógica, para su discusión y posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa.

f) Colaborar con los profesores del instituto, bajo la dirección del jefe de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación.

g) Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa prevista en el artículo 13 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la enseñanza secundaria obligatoria.

h) Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados, de acuerdo con las normas que se dicten al efecto y con lo previsto en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio, y los artículos 5 y 6 del Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre.

i) Participar en la elaboración del consejo orientador que, sobre el futuro académico y profesional del alumno, ha de formularse según lo establecido en el artículo 15.2 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio, al término de la educación secundaria obligatoria.

j) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica sobre los aspectos psicopedagógicos del proyecto curricular.

k) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

l) Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.

m) En los institutos donde se imparta formación profesional específica, coordinar la orientación laboral y profesional con aquellas otras Administraciones o instituciones competentes en la materia.

n) En los institutos que tengan una residencia adscrita, colaborar con los profesionales que tengan a su cargo la atención educativa de los alumnos internos.

ñ) Elaborar el plan de actividades del departamento y, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo.

Artículo 43. Designación del jefe del departamento de orientación.

1. El jefe del departamento de orientación será designado por el director y desempeñará su cargo durante cuatro cursos académicos.

2. La jefatura del departamento de orientación será desempeñada por un profesor del mismo, preferentemente de la especialidad de Psicología y Pedagogía, o que ostente la titularidad de una plaza de esta especialidad, al amparo del Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre. Cuando se produzca la circunstancia señalada en el apartado 2 del artículo 52 de este Reglamento, la jefatura será desempeñada por otro profesor del departamento que designe el director, oído el departamento.

3. El jefe del departamento de orientación actuará bajo la dependencia directa de la jefatura de estudios y en estrecha colaboración con el equipo directivo.

Artículo 44. Competencias del jefe del departamento de orientación.

Son competencias del jefe del departamento de orientación:

a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa.

b) Redactar el plan de actividades del departamento y la memoria final de curso.

c) Dirigir y coordinar las actividades del departamento.

d) Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar.

e) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento.

f) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento.

g) Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

h) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa.

i) Velar por el cumplimiento del plan de actividades del departamento.

Artículo 45. Departamento de actividades complementarias y extraescolares.

1. El departamento de actividades complementarias y extraescolares se encargará de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades.

2. Este departamento estará integrado por el jefe del mismo y, para cada actividad concreta, por los profesores y alumnos responsables de la misma. En aquellos institutos que tengan adscrita una residencia, estarán integrados en este departamento los responsables de las actividades de ocio y tiempo libre de la misma.

Artículo 46. Designación del jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares.

1. El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares será designado por el director por un período de cuatro años.

2. La jefatura del departamento será desempeñada por un profesor con destino definitivo en el instituto, a propuesta del jefe de estudios.

3. El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares actuará bajo la dependencia directa del jefe de estudios y en estrecha colaboración con el equipo directivo.

Artículo 47. Funciones del jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares.

El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares tendrá las siguientes funciones:

a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa.

b) Elaborar el programa anual de las actividades complementarias y extraescolares en el que se recogerán las propuestas de los departamentos, de los profesores, de los alumnos, de los padres y, en su caso, del equipo educativo de las residencias.

c) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento.

d) Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en colaboración con el claustro, los departamentos, la junta de delegados de alumnos, las asociación de padres y de alumnos y, en su caso, del equipo educativo de las residencias,

e) Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen con los alumnos.

f) Distribuir los recursos económicos destinados por el consejo escolar a las actividades complementarias y extraescolares.

g) Organizar la utilización de la biblioteca del instituto.

h) Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades realizadas que se incluirá en la memoria de la dirección.

CAPÍTULO III
Departamentos didácticos
Artículo 48. Carácter y composición de los departamentos didácticos.

1. Los departamentos didácticos son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que tengan asignados, y las actividades que se les encomienden, dentro del ámbito de sus competencias.

2. A cada departamento didáctico pertenecerán los profesores de las especialidades que impartan las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos asignados al departamento. Estarán adscritos a un departamento los profesores que, aun perteneciendo a otro, impartan algún área o materia del primero. Aquellos profesores que posean más de una especialidad o que ocupen una plaza asociada a varias especialidades pertenecerán al departamento al que corresponda la plaza que ocupan, por concurso de traslado o por cualquier otro procedimiento, con independencia de que, en su caso, pudieran estar adscritos a otros departamentos en los términos arriba indicados.

3. Cuando en un departamento se integren profesores de más de una de las especialidades establecidas, la programación e impartición de las áreas, materias o módulos de cada especialidad corresponderá a los profesores respectivos.

4. Cuando en un centro se impartan materias o módulos que o bien no están asignadas a un departamento, o bien pueden ser impartidas por profesores de distintos departamentos y la prioridad de su atribución no esté establecida por la normativa vigente, el director, a propuesta de la comisión de coordinación pedagógica, adscribirá dichas enseñanzas a uno de dichos departamentos. Este departamento será el responsable de resolver todas las cuestiones pertinentes a ese módulo o materia asignada, tal como establece el artículo 49 de este Reglamento.

Artículo 49. Competencias de los departamentos didácticos.

Son competencias de los departamentos didácticos:

a) Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual.

b) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración o modificación de los proyectos curriculares de etapa.

c) Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas, materias y módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la comisión de coordinación pedagógica. La programación didáctica incluirá, para cada etapa, los aspectos señalados en el artículo 68 de este Reglamento.

d) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

e) Mantener actualizada la metodología didáctica.

f) Colaborar con el departamento de orientación, bajo la dirección del jefe de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación.

g) Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.

h) Organizar y realizar las pruebas necesarias para los alumnos de bachillerato o de ciclos formativos con materias o módulos pendientes y, en su caso, para los alumnos libres.

i) Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.

j) Elaborar, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos.

k) Proponer materias optativas dependientes del departamento, que serán impartidas por los profesores del mismo.

Artículo 50. Designación de los jefes de los departamentos didácticos.

1. Los jefes de los departamentos didácticos serán designados por el director del instituto y desempeñarán su cargo durante cuatro cursos académicos.

2. La jefatura de departamento será desempeñada por un profesor que pertenezca al mismo con la condición de catedrático.

3. Cuando en un departamento haya más de un catedrático, la jefatura del mismo será desempeñada por el catedrático que designe el director, oído el departamento.

4. Cuando en un departamento no haya ningún catedrático, o habiéndolo se hubiese producido la circunstancia señalada en el apartado 2 del artículo 52 de este Reglamento, la jefatura será desempeñada por un profesor del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, que pertenezca al mismo, designado por el director, oído el departamento.

Artículo 51. Competencias de los jefes de los departamentos didácticos.

1. Son competencias del jefe de departamento:

a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, coordinar la elaboración de la programación didáctica de las áreas, materias o módulos que se integran en el departamento y la memoria final de curso, así como redactar ambas.

b) Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento.

c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar.

d) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a la programación, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

e) Realizar las convocatorias, cuando corresponda, de los exámenes para los alumnos de bachillerato o ciclos formativos con materias o módulos pendientes, alumnos libres, y de las pruebas extraordinarias, siempre en coordinación con la jefatura de estudios. Presidir la realización de los ejercicios correspondientes y evaluarlos en colaboración con los miembros del departamento.

f) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

g) Resolver las reclamaciones de final de curso que afecten a su departamento, de acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, y elaborar los informes pertinentes.

h) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento, y velar por su mantenimiento.

i) Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

j) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa.

2. Los jefes de los departamentos de familia profesional tendrán, además de las especificadas en el artículo anterior, las siguientes competencias:

a) Coordinar la programación de los ciclos formativos.

b) Colaborar con el jefe de estudios y con los departamentos correspondientes en la planificación de la oferta de materias y actividades de iniciación profesional en la educación secundaria obligatoria, y de materias optativas de formación profesional de base en el bachillerato.

c) Colaborar con el equipo directivo en el fomento de las relaciones con las empresas e instituciones que participen en la formación de los alumnos en el centro de trabajo.

Artículo 52. Cese de los jefes de departamento.

1. Los jefes de los departamentos a los que se refieren los artículos 43, 46 y 50 del presente Reglamento cesarán en sus funciones al producirse alguna de las circunstancias siguientes:

a) Cuando finalice su mandato.

b) Cuando, por cese del director que los designó, se produzca la elección de un nuevo director.

c) Renuncia motivada aceptada por el director.

d) Cuando se produzca lo previsto en el artículo 27.3 de este Reglamento.

e) A propuesta del director, oído el claustro, mediante informe razonado y audiencia del interesado.

2. Asimismo, el jefe del departamento de orientación y los jefes de los departamentos didácticos podrán ser cesados por el director del instituto, a propuesta de la mayoría absoluta de los miembros del departamento, en informe razonado dirigido al director, y con audiencia del interesado.

3. Producido el cese de cualquier jefe de departamento, el director del instituto procederá a designar al nuevo jefe de departamento, de acuerdo con lo establecido, para cada caso, en los artículos 43, 46 y 50 de este Reglamento. En cualquier caso, si el cese se ha producido por cualquiera de las circunstancias señaladas en los párrafos c), d) y e) del apartado 1 de este artículo, el nombramiento no podrá recaer en el mismo profesor.